S e dicto sentencia interlocutoria DECLINA LA COMPETENCIA por la materia, al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en el Tocuyo.
 Líbrese Oficio y remítase la totalidad de las actuaciones en la oportunidad legal correspondiente.
  Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión.
   Regístrese y Publíquese.
        Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara-Carora a los veintidós (22) días del mes de Mayo del año Dos Mil Veintitrés. Años 212º de la Independencia y 164º de la Federación.
              La Jueza Provisoria,
Abg.  Dolores María Malave Blanco                                                            
                                               La Secretaria, 
Abg.  Karemth Alcalá 
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 024/2023, de las Sentencias Int.....