En consecuencia, este Juzgado, de conformidad a lo establecido en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil (1 990) -Norma aplicada con base a lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo de 2 002-, declara la nulidad de la constancia manuscrita dejada por la Secretaría Judicial de este Juzgado, la cual, se lee en la parte inferior central al folio 163. ASÍ SE DECLARA.-