Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano ERICK ALFREDO AVAREZ PINEDA, , venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 18.439.697, asistido por el Defensor Privado Abogado William José Castro, a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por ser autor responsable del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal vigente, por el hecho cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, así como de las penas accesorias establecidas en el articulo 16 ejusdem, calculándose la pena correspondiente con fundamento en las normas sustantivas y adjetivas aplicables;
SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente causa al Juez de Ejecución de este Circuito Judicial.....