Se dictò Sentencia Definitiva en la cual se declaró: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido y formalizado por la apoderada judicial de la parte demandada recurrente, contra la sentencia interlocutoria de fecha 12 de diciembre de 2016, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz. SEGUNDO: CONFIRMA la sentencia interlocutoria de fecha 12 de diciembre de 2016, dictada por el referido juzgado, con la modificación en la motivación del fallo interlocutorio recurrido.