ÚNICO: CON LUGAR laINHIBICIÓN planteada por la Jueza Provisoria del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil ydel Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Dra.ISMELDA LUISA RINCÓN OCANDO, con ocasión a la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, seguida por la ciudadana BELKIS BEATRIZ GONZÁLEZ RAMÍREZ, contra el auto dictado el día dos (02) de noviembre de dos mil veintitrés (2023), por el Tribunal Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, ello en virtud del juicio que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoare el ciudadano LUDOVIC ALFONSO DÍAZ DUARTE, contra la prenombrada ciudadana, en consecuencia, dicha profesional del Derecho, deberá desprenderse del conocimiento de la causa antes mencionada.
COMUNÍQUESE a la Jueza inhibida de la presente decisión mediante oficio.