Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley: PRIMERO; Revoca la medida judicial privativa de libertad que se dictó en contra del acusado Orangel José Amaro Zurita, titular de la cedula Nº 14.318.889. SEGUNDO; Se acuerda a Orangel José Amaro Zurita, titular de la cedula Nº 14.318.889, medidas cautelares sustitutiva de la privación judicial preventiva de libertad, establecida en el artículo 242 ordinales 1º y consistente detención domiciliaria en el Estado Bolívar, en la calle el Dorado, sector calle Heres, casa Nº 21, Tumeremo- parroquia Tumeremo, Municipio Sifontes, propiedad de la ciudadana Eliana Amaro, con rondas periódicas por parte del Centro de Coordinación Nº 07, Sifontes de la sub-delegación Tumeremo, conjuntamente con la establecida en el ordinal 4º ejusdem, de prohibición de salir del país sin autorización de este Tribunal, se acuerda Medidas de Protección y Seguridad a l.....