Se dicto sentencia interlocutoria declarando este Tribunal ordena:
1. La suspensión de la obra ejecutada en el inmueble situado en la Urbanización San Agustín, Calle Valera Entre Calles Portugal y Prolongación el Estadio, Casa número 121-18-15 parroquia Unión, Municipio Iribarren del estado Lara.-
2. Se ordena oficiar a la Oficina de Planificación y desarrollo Urbana de la Alcaldía del Municipio Iribarren del Estado Lara, para que inicie las averiguaciones administrativas y coadyuve en hacer cumplir la orden aquí decretada, debiendo informar a este Despacho dentro de los treinta (30) días calendarios a la recepción de la comunicación respectiva, el estatutos de los requisitos cumplidos o no por la querellada. Líbrese oficio.
3. Se ordena al querellante brindar caución por la cantidad de TRECE MIL SEISIENTOS SESENTA Y NUEVE DOLARES ($13.679.000), Y/O su equivalente a la taza del banco central de Venezuela, que representa el monto de los gastos estimados por el experto má.....