Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN por Pérdida Sobrevenida del Interés Procesal, del presente recurso contencioso tributario interpuesto de manera subsidiaria al recurso jerárquico, por el Abogado Manuel Vicente Guevara Albornoz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 18.591, representante judicial de la sociedad mercantil AUTORINOCO, C.A., contra la Resolución Nº GRTI/RG/99/DJT/565 de fecha 26 de julio de 1999, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).