Por tanto, de conformidad con los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Duodécimo de Control con sede en el estado Mérida, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: Declara con lugar la solicitud de ampliación del plazo de prueba de conformidad con lo establecido en el ordinal 2 del articulo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, efectuada por el Ministerio Publico Militar, la Defensa y el imputado, en consecuencia se mantiene la medida de suspensión Condicional de Proceso, y se amplia por un año mas el régimen de prueba al ciudadano IVAN RICARDO LOZANO SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 17.492.919, plaza de la 2204 Batería de Morteros "Cnel Andrés Linares", con sede en La Grita, Estado Táchira, debiendo cumplir con las siguientes obligaciones: la presentación periódica cada treinta días (30) contados a partir del 21 de Diciembre de 2011, hasta el 21 de Diciembre del año 2012, ante el Trib.....