Visto el anterior escrito de demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS, presentado por la ciudadana MARITZA SIVERIO, abogada en ejercicio e inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 144.232, en su carácter de co-apoderada judicial del ciudadano PEDRO JOSE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.367.829; este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, RATIFICA el auto de admisión dictado en fecha 26/04/2016, en lo que respecta a la entidad de trabajo demandada SERVICIOS DE TRANSPORTE NICANOR OCHOA, C.A., en la persona de su representante el ciudadano JOSE D ARA en su condición de la referida empresa, y ADMITE cuanto ha lugar en derecho, la demanda con respecto al demandado solidario el ciudadano JOSE D ARA, titular de la cédula de identidad Nº 12.050.849, de conformidad con lo dispuesto en los artículos: 123, 124, 126 y 128 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En tal sentido se ordena emplazar m.....