PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer la presente acción de Amparo Constitucional, interpuesto por el ciudadano CARLOS EDUARDO GAVIRIA ARANA, extranjero, E-81.155.427, en su condición de Presidente de la Empresa Frigorífico Industrial El Roble, C.A, debidamente representado por el abogado MAIKOL JESÚS MÉNDEZ JIMÉNEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 321.553, en su condición de apoderado judicial contra actuaciones judiciales efectuadas por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en el asunto N° KH03-X-2024-00063, juicio por Cobro de Bolívares.
SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano CALOR EDUARDO GAVIRIA ARANA, extranjero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. E-81.155.427, en su condición de Presidente de la Empresa FRIGORIFICO EL ROBLE C.A. inscrito en el inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del esta.....