DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 5, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: ANULA todas las Audiencias Orales realizadas en fechas 13 y 27 de Mayo de 2011, 09 y 22 de Junio de 2011 y 08 de Julio de 2011. SEGUNDO: REPONE la causa al estado de nueva convocatoria a Juicio oral y público con los Jueces Escabinos que ya habían sido seleccionados y que no fueron citados oportunamente, ordenándose fijar por secretaría la fecha del Juicio por Agenda Única. Todo conforme a lo establecido en los artículos 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 49, numeral 4º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.*