Se dictó AUTO mediante el cual se aceptó la competencia formulada en fecha 28-04-2005, por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto estado Lara; y se declara COMPETENTE para conocer la inhibición formulada por la Juez del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores del estado Lara, en el juicio por Ejecución de Hipoteca, intentado por Casa Propia Entidad de Ahorro y Prestamo, C.A., contra los ciudadanos Jhonder Nazareno Briceño Rojo y Rita Josefina Cedeño de Briceño, todos identificados en autos.