Este Tribunal Militar Quinto de Control con sede en Maracay, estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos de conformidad con lo establecido en los artículos 157 y 161 del Código Orgánico Procesal Penal. DECRETA: PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de devolución de objetos, específicamente el bien mueble denominado CLASE: Camioneta, TIPO: Pick-Up, USO: Carga, MARCA: Chevrolet, MODELO: Silverado / 4x2 CS T/A, AÑO: 2014, COLOR: Negro, PLACA: A19AO6U, SERIAL N.I.V: 8ZCNCMEN8EG309123, SERIAL DEL MOTOR: 8EG309123, según consta en Certificado de registro de Vehículo Nº 150102050332 de fecha 13 de octubre de 2015, emanado del Instituto Nacional de tránsito Terrestre, por considerar quien aquí Juzga que la Vindicta Pública se encuentra en su lapso legal para la investigación que adelanta, en virtud del presunto hecho cometido, ya que fue presuntamente en ese vehículo automotor donde trasla.....