DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la presente acción RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, intentada por los ciudadanos JUANA MARIA PINEDA ARRIECHE, MARIBEL GRACIELA JACQUELINE y JOSE SEGUNDO ARRIECHE PINEDA, contra el ciudadano CARLOS JOSE ARRIECHE PINEDA, todos identificados.