En el presente caso, la interesada no presentó los documentos nombrados en el libelo de su solicitud, marcados con la letra "A" el acta de nacimiento y con la letra "B" copia de la cedula de identidad, las cuales no fueron consignados en la misma , por lo tanto se observa que la solicitante no cumple con los requisitos exigidos, en consecuencia, este Tribunal TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, interpuesta por la ciudadana KEYLA ARMELINDA DE FREITES SALAZAR . Se da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del presente expediente. Así se de decide.