Se dictó sentencia declarandose PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de relación funcionarial incoada por el ciudadano JORGE LUIS ARZOLAY TESAMO contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, en consecuencia, se le ORDENA por órgano de la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA cancelarle al querellante los montos que resulten de la experticia complementaria del fallo que se ordena practicar para el cálculo de lo adeudado por concepto de prestación de antigüedad y los intereses generadas por ésta e intereses moratorios, conforme los lineamientos expuestos en la parte motiva del fallo.