En mérito de todas las consideraciones antes esgrimidas, es por lo que esta Corte Superior Segunda del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de exequátur sobre las sentencias dictadas en el extranjero y en consecuencia se les concede FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a las sentencias de fechas seis (06) de marzo de dos mil ocho (2008) por Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Séptimo (7mo.) turno, Secretaría Nº 13, de Asunción, República del Paraguay, en la que se declaró el divorcio de los ciudadanos, WENDY ADELA FAIRFOOT y DARÍO JAVIER KARMEL, ambos ya identificados, y veinte (20) de octubre de dos mil cinco (2005) por el Juzgado de Primera Instancia Tutelar y .....