DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 9 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Se Declara Incompetente para conocer de la Acusación presentada por la ciudadana ANICE MARIA FLORES ESCALONA, Cédula de Identidad Nº V-9.557.092, asistida por las abogadas RUTH GAMEZ, EILEEN MORON, Y MARIA LINAREZ, todo sobre la base de los artículos 400, 401 del Código Orgánico Procesal Penal y Ordena Declinar la causa al Tribunal de Juicio que por distribución corresponda. Se ordena librar boleta de Notificación a la parte solicitante; Remítase las actuaciones al Tribunal de Juicio que por distribución corresponda. Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase.