En mérito de las consideraciones precedentes, el Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar Administrando
justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara de oficio
CONSUMADA LA PERENCIÓN, y en consecuencia, EXTINGUIDO EL
PROCESO, contentivo de la demanda por Acción Mero Declarativa de Concubinato, presentado por la ciudadana Pierina de los Ángeles Pérez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.768.369, en contra de los herederos desconocidos del De Cujus Carlos Celis, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-10.951.864.