Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentado por la parte accionante ciudadano DIAZ YENDIZ ALFREDO DEL VALLE, venezolano (a), mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.763.754, contra MEURYS ELIANA MEDINA MEDINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.763.754; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha 17/04/2013, por ante el Registro Civil Municipio Juan Antonio Sotillo Puerto la Cruz Estado Anzoátegui tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nro.102 llevado durante el año 2013, acompañada a la presente causa. La mujer no podrá usar en lo ade.....