Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO; CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano JANCILI ALIRIO BACCA VELASQUEZ, Cédula Nro 18.236.143, contra la empresa CENTRO DE ASESORIA INTEGRAL EMPRESARIAL ZAMORA CAIEMZ C.A, ambas partes plenamente identificados en autos.