Por todas las consideraciones y motivos anteriormente expuesta, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS OBAD DE JESÚS SOLANO SALMERON, quien era Venezolano, mayor de edad, Casado, titular de la Cedula de Identidad N° V- 3.900.279, y de este domicilio, falleció en la Ciudad de Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, en Fecha Treinta (30) de Junio de 2024, a sus HIJOS Y ESPOSA Ciudadanos: ANNIE SALLY SOLANO DE TORRES, GLADYS DEL CARMEN SULBARAN DE SOLANO, STALIN OBAD SOLANO SULBARAN, ANGI DEL CARMEN SOLANO SULBARAN y OSBERLY ANGELICA SOLANO F.....