DECISIÓN
En virtud de las razones precedentemente expuestas este Juzgador Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MIRELLA COROMOTO CASTILLO OLIVERA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 207.930, en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos, PEDRO RICO y MIGDALIA ROSA PAEZ DE RICO ya identificados en autos, contra la decisión de fecha 18 de Mayo del 2018, dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido se anula el auto de admisión de la demanda y todas las actuaciones subsiguientes del mismo, declarándose en consecuencia inadmisible la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento y Desalojo, i.....