Con base en las razones de hecho y de derecho establecidas, ESTE TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de la Fiscalía Militar en cuanto a que sea decretada la flagrancia en la Aprehensión del ciudadano SARGENTO PRIMERO HERNAN ENRIQUE AZUAJE PRIETO, titular de la cedula de identidad N° V.- 18.839.387,por la presunta comisión de los delitos militares de DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en la parte afine del artículo 520 del Código Orgánico de Justicia Militar y ABANDONO DE FUNCIONES, previsto en el artículo 534 del Código Orgánico de Justicia Militar y sancionado en el artículo 537 ejusdem. SEGUNDO: Se declara con lugar la continuación del Procedimiento Ordinario en la presente investigación fiscal, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Pe.....