DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la ABG. MARIA PEREZ, Fiscal Cuarta del Ministerio Publico; SEGUNDO: se REVOCA la decisión dictada en fecha Doce (12) de Febrero de dos mil Dieciséis (2016), por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, mediante la cual DECLARA CON LUGAR sustituir la Privación Judicial Preventiva de Libertad, por la de Medida Cautelar Sustitutiva de la Libertad correspondiente al ARRESTO DOMICILIARIO, en aras de garantizas el DERECHO A LA SALUD del ciudadano RAUED HAM NASSER; todo ello en virtud de no llenar los requisitos establecidos en los artículos 229 y 230 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26, 43 y 83 de la Constit.....