Mediante Resoloucion Nº:PJ0252024000072 este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, quien aquí suscribe en aras de impartir una tutela judicial efectiva, de conformidad con la facultad que le confiere la norma arriba transcrita parcialmente, se inadmite la representación mediante poder y se excluye al abogado JAMES RICHARDS, para actuar en el presente asunto y asimismo se excluye de actuar en cualquier otra causa que cursare por ante este Juzgado donde este jurisdicente esté actuando como Juez. Así se decide.