Una vez escuchadas las partes, y tomando en cuenta la declaración del imputado, este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud Fiscal en cuanto a que se admita la presente acusación y las pruebas que derivan de ella, en virtud que, la presente audiencia no es preliminar sino de presentación por orden de aprehensión conforme al artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, así como también la medida judicial privativa de libertad en contra del ciudadano imputado, DISTINGUIDO ALEXANDER RAFAEL ROSAL RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad No. 17.763.573. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud realizada por la Defensa Pública Militar, en cuanto a que se le decrete al ciudadano DISTINGUIDO ALEXANDER RAFAEL ROSAL RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad No. 17.763.573, una MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA contemplada en el artículo 242 del Código Orgánico Proces.....