Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL, CON SEDE EN GUASDUALITO, ESTADO APURE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: Se Revoca la Medida de Suspensión Condicional del Proceso, otorgada en fecha O7JUL2016, en la causa penal citada en referencia, seguida en contra del acusado DITINGUIDO JOSE ALFREDO ROSALES TRINIDAD, titular de la cedula de identidad N° V.- 21.170.071, por la comisión de los Delitos Militares de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el encabezado del artículo 502, ABANDONO DE SERVICIO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 534, aplicable por la condición de Tropa lo estipulado en el artículo 537, ABUSO DE AUTORIDAD, sancionado en el encabezado del articulo 509 y previsto en su numeral 3, todos contemplados en el Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se libra Orden de Aprehensión en contra del ciudadano DITINGUIDO JOSE .....