DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y CON LA AUTORIDAD QUE LA LEY LE CONFIERE DECRETA:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor del ciudadano MAYGORT ARAGOT GUEVARA, C. I. 21.204.403, de 20 años, de nacionalidad Venezolana, domiciliado residenciada en palo Negro, la Carrizalera, calle 5 casa Nº 55, Maracay Estado Aragua. Teléfono: 04143872725, signada con el Nº 13F4-1523-09, formulada por la Fiscalia del Ministerio Público del Estado Lara, de conformidad a lo establecido en el Artículo 318 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal. Por cuánto el hecho Objeto del proceso no puede atribuírsele
SEGUNDO: Notifíquese a las partes de la presente decisión y remítanse las presentes actuaciones al.....