DECLARO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos abogados PAUL CABALLERO Y SANTOS CARDOZO ARÉVALO, defensores de los ciudadanos Distinguido RAMIS GARCÍA KERRIN ORDANIS y Soldado RAMOS FLORES ADUNAIS FEDERICO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 21.464.071 y V- 19.033.260, respectivamente, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Quinto de Control del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Maracay, estado Aragua, de fecha 09 de marzo del 2009, mediante la cual decretó la Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos antes señalados, a quienes se les sigue juicio por la presunta comisión del delito de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar.