Por todas las consideraciones expuestas, este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del recurso de apelación ejercido SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado LEODAN GUTIÉRREZ, IPSA Nº 119.577, quien representa a la parte demandante ciudadano JORGE ENRIQUE MELENDEZ LISCANO, en contra del auto dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 24 de noviembre del año 2014. TERCERO: SE REVOCA el auto objeto de la apelación ejercida por la parte Demandante, dictado en fecha 24 de noviembre del año 2014, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró inadmisible la presente acción y como consecuencia de ello se repone la causa al estado en que el a quo se pronuncie sobre la admisión de la demanda y orde.....