En consecuencia, se REVOCA la medida preventiva de prohibición de enajenar y gravar decretada por este tribunal en fecha 08 de febrero del año 2018, que recayó sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el número 2-PH-1 con Código Catastral Nro. 07-01-01U01-005-003-001-PH-001 el cual forma parte que conforma el Conjunto Residencial y Comercial Parque del Centro, Torre B, ubicado en la Avenida ciudad Bolívar cruce con avenida Venezuela, manzana 58, parcela Nº 3-01, UD-202, parcelamiento Nº 03 de Ciudad Guayana Municipio Caroní del Estado Bolívar, el inmueble mencionado objeto de la venta, tiene un área aproximada de ciento ocho metros cuadrados (108,00 Mts2) metraje que incluye un ático de aproximadamente veintitrés metros cuadrados con sesenta y seis decímetros cuadrados (23,76 Mts) cuyos linderos y medidas son Norte: en línea recta de 6,86 metros con vista a las caminerias comerciales y la vialidad interna del área comercial, Sur: Una línea recta de 6, 86 metro.....