En mérito de lo precedentemente explanado, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: desistida la acción de amparo constitucional interpuesta en fecha 27 de noviembre de 2017, por los Ciudadanos CARLOS MORILLO PRIETO y ALBERTO SILVA ESPÓSITO, venezolanos y titulares de las Cédulas de Identidad núms. 3.439.086 y 3.023.509 respectivamente, debidamente asistidos por el Profesional del Derecho Roger Hurtado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO), bajo el Nº 11.933, contra las actuaciones de fechas 03 de julio y 02 de octubre de 2017, dictadas por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de conformidad con el criterio jurisprudencial asentado en la Sentencia Nº 7 del 01 d.....