este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la Cuestión Previa prevista en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil propuestas en el Juicio de PRETENSIÓN REIVINDICATORIA, intentado por la ciudadana DOMINGA BENIGNA JIMENEZ DE DOMOROMO, contra el ciudadano ORLANDO DE JESUS MENDOZA LUCENA previamente identificados.