´PRIMERO: Visto que la pretensión de la parte actora ha sido positiva, en este proceso en etapa de Ejecución y por cuanto el mismo no vulnera los derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, este Tribunal otorgo el efecto de Cosa Juzgada, tal como consta al folio (212) en el acta de Audiencia Conciliatoria de fecha 09 de agosto del 2023, por lo que deberá el Lic. Wilfredo Echeverría ya que no está de acuerdo con el pago de sus honorarios profesionales, estimar la misma ante un Tribunal Civil, por ser ésta la jurisdicción competente dada la naturaleza jurídica de dicha pretensión.´