DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide.
PRIMERO: Se revoca, el auto de fecha 03 de julio del año en curso, dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres, de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se niega la admisión del recurso de apelación interpuesto por el abogado Jesús Enrique Bastidas Colombo, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 76.482, en su carácter de apoderado judicial del accionado, Alonso Guillermo Dorantes Mascareño, identificado en autos, contra la decisión interlocutoria de fecha 27 de junio del año en curso, dictada por el referido a quo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas del presente recurso, en virtud de la naturaleza .....