DECISION
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR LA OPOSICION A LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR y MEDIDA DE SECUESTRO interpuesta por la parte demandada ciudadano WILFREDO ENRIQUE ANDRADE PINEDA, a través de su abogada asistente VICMARY ABREU GRANDA, todos antes identificados, derivadas en el Juicio Principal con motivo de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. En consecuencia se ratifican las Medidas de Prohibición de Enajenar y Gravar y la Medida de Secuestro, decretadas en fecha 15 de Marzo de 2016, sobre los siguientes bienes: PRIMERO: MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente inmueble una parcela de terreno y la vivienda sobre ella construida, distinguida con el N° 14-16, ubicada en la Calle 14 del Parcelamiento d.....