este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil y a lo consagrado en el artículo 49 de nuestra Carta Magna decreta la reposición de la causa al estado en que se realice la contestación de la demanda, ordenándose la notificación del abogado HUMBERTO RIVAS FLORES, inscrito en el IPSA bajo el Nº 85.516, con número de teléfono 0414-8565385 y correos electrónicos rrconsultinca@gmail.com y humbertoabo2803@gmail.com, actuando en su carácter de apoderado judicial de DANIEL FEDERICO PALACIO VARGAS, up supra identificado, para que una vez conste en autos su notificación, proceda a dar contestación dentro del lapso previsto en el artículo 344 del Código Adjetivo.