D I S P O S I T I V A:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PRESCRITA EL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTABA POR CUMPLIR Y EXTINGUIDA LA MISMA el Ciudadano ROGER ALBERTO ZAVARCE CATARI, titular de la Cédula de Identidad No. 7.397.553, ampliamente identificados en autos, de conformidad con el artículo 112 ordinal 1º del Código Penal. Notifíquese al Fiscal Decimotercero del Ministerio Público. Remítase el presente asunto al archivo Judicial, a los fines de su archivo y conservación y termínese por el sistema juris 2000.