DISPOSITIVA:
ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a decidir PRIMERO: En cuanto a lo solicitado por la representación fiscal, se procede a ADMITIR LA ACUSACIÓN FISCAL EN CUANTO, ASÍ COMO LOS MEDIOS PROBATORIOS Y SE ORDENA LA APERTURA AL JUICIO ORAL Y PÚBLICO en contra de los ciudadanos: CLAIBE VARGAS, MAGNY ACOSTA, EDUARDO MEDINA, ANDRÉS BRAVO y DARWIN SUAREZ, por estar incursos en la presunta comisión del Delito Militar de ULTRAJE AL CENTINELA. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento presentada por el Ministerio Público del delito militar de ATAQUE AL CENTINELA. TERCERO: La Excepción del numeral 4° literal "i", opuesta por la Defensa de los ciudadanos, referente a: "Falta de requisitos formales para intentar la acusación fiscal, la acusación particular propia de la víctima o la acusación privada, siempre y cuando estos no puedan ser corregidos en la oportunidad a que se contraen los artícul.....