Por las razones antes expuestas, este tribunal  administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano: EDMOND TRABOULSI SAADI, representado por los abogados: FARID RICHA DORADO, YENNY RAQUEL CASTILLO ARRIECHE y JOHANA DIAZ DIAZ, contra el ciudadano: RAFAEL ANGEL RAMIREZ TORO, todos identificados en autos, por  DESALOJO DE INMUEBLE. En consecuencia, se condena al demandado perdidoso, hacer entrega del local comercial ubicado en la planta baja, Edificio “ ALCARI “ situado en  la Av. Pedro León Torres, entre calles 48 y 49, Barquisimeto, Estado Lara, totalmente desocupado de bienes y personas.  Quedan a favor de la parte demandante las cantidades de dinero consignadas por la parte demandada por ante el Juzgado Segundo del  Municipio Iribarren del Estado Lara correspondiente a los meses de marzo, abril y mayo de 2005.  Asimismo se condena al demandado a pagar, a título de daños y perjuicios, una c.....