DECLARA: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado RAFEL ALFONSO TOSTA RIOS, en su carácter de defensor privado contra la decisión dictada el 21 de mayo de 2017 y publicada en la misma fecha, por el Tribunal Militar Tercero de Control, con sede en Caracas, Distrito Capital, mediante la cual declaró con lugar la solicitud del Ministerio Público Militar de decretar privación judicial preventiva de libertad al ciudadano JORGE ENRIQUE MACHADO JIMENEZ, titular de la cédula de identidad N° V-12.057.557, por la presunta comisión de los delitos militares de TRAICIÓN A LA PATRIA, previsto en el artículo 464 ordinal 25° y sancionado en artículo 465, REBELIÓN MILITAR, previsto en los artículos 476 ordinal 1° y 486 ordinal 4°, y sancionado en los artículos 487 y 479, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, fundamentada en los artículos 439 y 440 del Código Orgánico Procesal Penal.