DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículos 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Auxiliar Sexta en Competencia en Materia Penal Ordinario, adscrita a la Unidad de la defensa Pública Abg. Rosa Gisela Mendoza, actuando en tal carácter del ciudadano ALEXANDER JOSE TOVAR GUEVARA, contra la decisión dictada en fecha en fecha 22 de Julio de 2016 y fundamentada en fecha 08 De Agosto de 2016, mediante la cual el Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, condena al ciudadano ALEXANDER JOSE TOVAR GUEVARA, titular de la cedula de identidad Nº. 18.881.132, a cumplir la pena de DE ONCE (11) AÑOS DE PRISION, por los delitos de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra El Secuestro y La Extorsión, y .....