este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en aras de mantener el orden en la presente causa, preservar y enaltecer el derecho a la defensa y proteger el derecho al debido proceso, los cuales se encuentran contenidos en nuestra Carta Magna, revoca la designación de la defensora Ad-litem abogada Andiluz Jiménez, en consecuencia, se anulan todas las actuaciones posteriores al 16 de febrero de 2017, fecha en la cual, la defensora Ad-litem prestó su juramento de ley, y consecuentemente a los fines de sanear el presente proceso ordena Reponer la presente causa al estado CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA,