Se DECLARA CON LUGAR, la apelación interpuesta por la Abogada VIRGINIA ISABEL CARRERO BRADLEY, co-apoderada de la solicitante LENI CECILIA QUINTANA DE TOLEDO, en contra del auto de fecha 24 de Marzo del 2008, dictado por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, Sala de Juicio N° 1. En consecuencia, se le ordena al a quo devolver los documentos originales a la parte solicitante interesada, previa certificación de las copias de los mismos, agregando éstas a los autos. No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.