Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana IRAMA BETZABE PERDOMO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro: 19.800.425 y domiciliada en Ciudad Guayana, Municipio Caroní del Estado Bolívar. SEGUNDO: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 398, 399 y 400 del Código de Procedimiento Civil, se designa como Tutor Interino a la ciudadana KARLA VALENTINA GIL SPOSITO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 11.169.169, de este domicilio quien tendrá funciones relativas al cuidado de la ciudadana IRAMA BETZABE PERDOMO y podrá realizar los actos de administración y de conservación indispensables, debiendo rendir cuenta a este Tribunal mensualmente sobre las actividades de s.....