En merito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición efectuada por la demandada. SEGUNDO: En consecuencia, se establece que los bienes que más abajo se describen pertenecen a la comunidad de origen matrimonial que existe entre los litigantes de este juicio, resultando procedente la pretensión de partición propuesta por la demandado sobre: 1º Doscientos cincuenta y nueve (259) acciones de SIDOR clase B. 2º Parcela de terreno distinguida con el número parcelario 145-016-026 de la Unidad de Desarrollo 145 ubicada en la Urbanización La Llovizna, Calle Guillermo Valencia No. 78-93 San Félix, Municipio Caroní del estado Bolívar que tiene un área aproximada de trescientos treinta metros cuad.....