DECRETO: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal de privación judicial preventiva de libertad del Distinguido (EJ) ALEXIS JOSE GIL GUERRA, titular de la cédula de identidad Nº 18.171.187, plaza de la 3501 Compañía de Comando de la 35 Brigada de Policía Militar "Libertador José de San Martín", por la presunta comisión de los delitos militares de INSUBORDINACIÓN Y LESIONES ENTRE MILITARES, previstos en los artículos 512 numeral 2º y 576 numeral 1º ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, ordenándose a tales efectos librar las correspondientes boletas de privación judicial preventiva de libertad y su remisión al Centro Nacional de Procesados Militares, el cual se designa como lugar de cumplimiento de la privación judicial preventiva de libertad, se ordena asimismo la participación de esta decisión a su Unidad Militar de origen, a los efectos del traslado del imputado hasta el Centro Nacional de Procesados Militares; y SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud de la defensa de imposición de .....