DECISIÓN
En consecuencia de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario del segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, SE ABSTIENE DE ADMITIR LA
PRESENTE SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO (AGRARIO), incoada por la ciudadana BETHANIA RAMONA BETANCOURT GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-5.340.267, de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada YAJAIRA SEIJAS BERNAY, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.076.737 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 15.155, por cuanto se evidencia una clara omisión en la presente solicitud.- En consecuencia, se ORDENA librar el presente despacho saneador a los fines de que la parte accionante, la ciudadana BETHANIA RAMONA BETANCOURT GARCIA, arriba identificada, cumpla con lo indicado por este Juzgado para proceder a su admisión, y en consecuencia a los efectos de l.....